Una nueva ley autonómica, la del Estatuto del Consumidor

Ical

El proyecto de ley del Estatuto del Consumidor, aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, atorga una atención preferente desde la Administración autonómica a los menores y colectivos más vulnerables, y establece mejoras en la regulación en el ámbito de la vivienda y productos financieros, según explicó el consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno, Villanueva detalló que la nueva normativa refuerza la seguridad jurídica de consumidores y empresarios, mejora la competencia y adapta la legislación autonómica a la Directiva Europea que incrementa el nivel de protección de derechos básicos del consumidor.

El consejero destacó que supone una reducción de cargas administrativas y no implica incremento en el gasto público. El texto define quiénes son los consumidores, qué derechos tienen y cómo se protegen, asimismo concreta cómo se sanciona la vulneración de éstos, así como las garantías de los posibles infractores. Villanueva resaltó la mediación para la resolución amistosa de conflictos.

El proyecto de Ley actualiza la norma, 15 años desde su aplicación inicial, y adapta el concepto de consumidor y usuario a la legislación básica del Estado; define los derechos de los consumidores; establece los mecanismos de protección de éstos y fija la potestad sancionadora de la Junta.

De la misma forma, el Estatuto amplía los sujetos de protección a la infancia y los colectivos desfavorecidos y establece mejoras en la regulación de la protección de las administraciones públicas en campos como la vivienda y productos financieros; en la regulación de la contratación electrónica y prestación de suministros básicos; la venta a distancia; las operaciones de crédito y servicios de atención al cliente; se introduce el incumplimiento por omisión de la publicidad, y se incorpora la protección del consumidor frente a los medios telemáticos de información.

Por otra parte, la ley fomenta también el etiquetado braille en el marco de las actividades de formación; establece una nueva regulación del Consejo de Consumidores y Usuarios y se desarrolla la mediación para resolver los conflictos de forma amistosa impulsando todavía más el Sistema Arbitral de Consumo. Por último, mejora la agilidad y los mecanismos de la inspección permitiendo la posibilidad de instar a la subsanación sin imposición de sanción cuando se detecten errores o irregularidades.

Procedimiento sancionador

En cuanto a la capacidad sancionadora de las administraciones públicas la Ley incorpora una mejora en la clasificación de las infracciones como método para lograr una mayor seguridad jurídica, así como una mayor concreción de los criterios para establecer la gravedad o atenuación de las sanciones. Se incorpora el concepto de infracción continuada e infracción permanente y se modifican los plazos de prescripción de infracciones y sanciones en función de su gravedad.

Por último, el nuevo Estatuto potencia la capacidad inspectora, control y vigilancia de la Administración permitiendo la adopción de medidas cautelares en situaciones extraordinarias y de urgencia.

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