Aprobación definitiva de la nueva Ley de Parques Nacionales que permita la caza hasta 2021

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Ical

El Pleno del Congreso de los Diputados dio este jueves luz verde de manera definitiva a la Ley de Parques Nacionales, la ley que permite la caza hasta el año 2021 en estos espacios naturales y una norma que incrementa la colaboración y coordinación del Estado con las comunidades Autónomas encargadas de su gestión en estos espacios de máxima protección ambiental del país.

El Congreso ha dado el visto bueno al texto salido del Senado, que incluyentre la enmienda 278 y que prolonga hasta 2021 la realización de determinadas actividades prohibidas en parques nacionales, como la caza. Toda la oposición y las organizaciones ecologistas han criticado la norma y con especial dureza esta enmienda y las que permiten otros usos, como el urbanístico, en los parques nacionales.

La Ley es eminentemente conservacionista, según el PP, y acerca al Estado a estos espacios, auténticas joyas medioambientales, con la finalidad de ayudar, colaborar y coordinar. La norma surgida del trabajo por parte del Ministerio y de su Organismo Autónomo Parques Nacionales (OAPN) atribuye al Estado las competencias que constitucionalmente tiene reconocidas en materia de coordinación en los parques.

Con la actual Ley (5/2007), la Red de Parques Nacionales, competencia del Estado, adolecía de una desconexión de los propios Parques Nacionales -entre ellos y con el Estado- al carecer de coordinación estatal. Esto suponía una falta de coherencia y la ausencia de una gestión coordinada para todos estos espacios que conforman la Red, lo que dificultaba la coordinación necesaria para poder cumplir con los objetivos de conservación de los Parques Nacionales. Tampoco se garantizaba una adecuada coordinación en el caso de los Parques supraautonómicos, gestionados por varias comunidades autónomas.

El nuevo texto legal prevé un mecanismo para reaccionar con rapidez y eficacia en caso de emergencia medioambiental en los parques nacionales, permitiendo la ágil movilización de medios estatales e incluso de otros parques si fuera necesario. Igualmente, la norma establece una intervención excepcional del Estado en caso de conservación desfavorable en uno de estos espacios protegidos, con el fin de impedir daños irreparables en los sistemas naturales si fuera necesario.

Esta normativa, incluye un nuevo marco legal homogéneo para todos los parques nacionales y para que las Comunidades Autónomas responsables de su gestión puedan autorizar y, en su caso, regular las correspondientes actividades.

La Ley de Parques Nacionales introduce la incompatibilidad de algunas actividades que no figuraban en la legislación vigente, como la extracción de hidrocarburos, áridos o canteras. Además, esta norma no contempla la realización de ninguna actividad nueva. Establece el régimen jurídico básico de protección en el que las CCAA podrán, a través de los instrumentos de planificación que articula la ley, como el Plan Rector de uso y gestión, regular las actividades compatibles necesarias para garantizar un buen uso y gestión del parque.

Nivel de exigencia

Al mismo tiempo, la norma aprobada hoy aumenta el nivel de exigencia de las características medioambientales que deben tener los territorios sobre los que se declaren nuevos parques nacionales, tratando de garantizar que los nuevos territorios estén a la altura de las exigencias que requieren estas máximas figuras de protección ambiental.

El nuevo texto, además, incluye otros aspectos destacados como la posibilidad de ampliaciones de parques ya declarados sobre áreas marinas exteriores colindantes, establece marcos específicos de coordinación para parques nacionales fronterizos, incorpora el Comité Científico de Parques Nacionales e incorpora aspectos culturales e inmateriales ligados a estos y que deberán ser estudiados en la declaración de nuevos parques.

También atiende al desarrollo sostenible de las comarcas donde se ubican los parques nacionales, a través de ayudas técnicas, económicas y financieras a los municipios de las zonas de influencia socioeconómica, y el establecimiento de planes de desarrollo en las mismas. Además, se prevé la puesta en marcha de programas piloto que activen la economía sostenible en la zona y aporten información para estudiar la posibilidad de creación de empleo verde.

Colaboración sectorial

En la elaboración de la Ley de Parques Nacionales se han tenido en cuenta todas las opiniones y pareceres de las personas, colectivos y organizaciones implicadas, a través de un proceso de tramitación abierto y detallado. Así, se ha abordado en dos ocasiones por la Conferencia Sectorial y en otras tantas por el Consejo Asesor de Medio Ambiente.

También se ha consultado a las comunidades autónomas y se han mantenido diversas reuniones con organizaciones, propietarios y empresarios, y ha sido sometido a debate e informe en la práctica totalidad de los patronatos de los parques nacionales y en el Consejo de la Red. España cuenta con 15 parques nacionales, con una extensión que se ha incrementado un 10% desde 2012 tras la incorporación el año pasado a la red del Parque de la Sierra de Guadarrama y la ampliación del de las Tablas de Daimiel.

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