Obligan a una junta vecinal a dar copia de 16 años de cuentas por la Ley de Transparencia

Una panorámica de Ferreras del Puerto obtenida de una captura de pantalla de Google Street Wiew.

Jesús María López de Uribe

Una copia de prácticamente todos los papeles que muestren los últimos dieciséis años de cuentas, gastos e ingresos. Eso es lo que le tendrá que facilitar la Junta Vecinal de Ferreras del Puerto a una vecina, según indica una resolución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León.

Esta ciudadana utilizó los derechos que le confiere la legislación de Transparencia para conseguir “entrega de una copia, con la relación de los gastos e ingresos detallada, así como la relación del estado actual de la cartilla, desde el año 2000 hasta el mes en curso de 2016”. Especificando que quería relación de todos los gastos detallados como “facturas, seguros, obras [pistas de concentración para sacar leña, depósito de agua (cloración, inspecciones...), depuradora, calles, muros...]”.

Pero también los ingresos de “agua, leña, coto de setas, coto de caza [número de socios y precio que pagan por la tarjeta, venta de precintos: rebeco, corzo, venado (machos y hembras), venta chocha y perdiz, venta de puestos en cacerías], aprovechamiento de montes, alquiler de la vivienda de la escuela, ayudas o subvenciones”.

Y por último, “la relación del estado actual de la cartilla y cuenta corriente del banco de la Junta Vecinal, donde se especifique el concepto de todas las entradas y salidas de dinero de la misma; el listado de vecinos empadronados con fecha de antigüedad; y el material de uso público”.

La pedanía permitió ver la documentación, pero no dio copia

Según lo relatado en la resolución del Comisionado de Transparencia de Castilla y León (en realidad el equipo del Procurador del Común, Javier Amoedo Conde), la pedanía situada en el municipio de Valderrueda sí concedió acceso a la solicitante a revisar la documentación in situ, pero no permitió “la entrega de fotocopias”, porque adujo que carecía “de medios y de presupuesto para dicha cantidad”. También aseguró que “toda la documentación” está “a disposición de los vecinos previa cita concertada [...] para ser examinada”.

Además, se defendió indicando que presenta las cuentas todos los años, que “en el concejo público están a disposición de todos los vecinos presentes, tanto facturas, ingresos, gastos, la cartilla del banco, así como toda la documentación de subvenciones del año anterior” y que “no tiene obligación de presentar documentación que ya ha estado a disposición pública anteriormente, y menos de 16 años”.

La documentación pública, debidamente anonimizada, debe entregarse a cualquier ciudadano que la solicite

La legislación de Transparencia es clara en cuestión de que cualquier ciudadano, sea del pueblo o no, tiene derecho a acceder a la documentación en poder de las administraciones públicas, lo que también se aplica a las Entidades Locales Menores como la pedanía de Ferreras del Puerto. Sin embargo, tiene una serie de restricciones sobre los datos personales, que deben ser anonimizados para evitar que, por ejemplo, se accediera al DNI de todos los vecinos de la localidad que paguen tasas.

En este caso, dentro de la ingente petición de datos, el Comisionado de Transparencia sí que advierte que debe ser “disociada de datos personales”. Y respecto al “listado de vecinos empadronados con fecha de antigüedad”, resuelve que como es información que pertenece al padrón municipal, se remita la solicitud al Ayuntamiento de Valderrueda.

Así, la resolución estima parcialmente la petición (por la remisión de la petición del listado de vecinos a la administración municipal) y ordena a la pedanía a “citar a la solicitante para hacer entrega de una copia de la documentación solicitada por esta, previa disociación de los datos personales que se contengan en los documentos y exigencia de las exacciones previstas en la normativa aplicable”.

Es decir, la Junta Vecinal sí que puede cobrar tasas por cada folio copiado, lo cual permitiría costear el trabajo de dar acceso a la información financiando los medios necesarios para ello; pero también podría significar que conseguir copia física de tal cantidad de información pueda resultar en un altísimo coste económico para la solicitante.

La legislación de Transparencia (que se puede consultar aquí) permite también solicitar la recepción de la documentación en formato digital en un correo electrónico, con lo que se evitaría tener que abonar tasa alguna.

Etiquetas
stats