Absuelto el empresario Martínez Núñez por los sabotajes a un competidor

ileón.com

El Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada ha absuelto al empresario José Martínez Núñez, propietario del Grupo Martínez Núñez, del delito de daños que se le acusaba por diversos sabotajes que sufrió en sus propiedades un competidor suyo, Gumersindo Castro, entre 1996 y 1999. También han sido absueltas por este mismo delito otras cuatro personas, los hermanos José Manuel y Timoteo Pintado Palomo, ambos propietarios de la agencia de detectives D'Ajenti, así como José Villanueva y Gustavo Alonso, según consta en la sentencia.

El fiscal pedía dos años de cárcel para cada uno de los acusados por daños con empleo de incendio y explosivos. El juez ha considerado probado que los bienes y propiedades de la empresa de Hormigones Sindo Castro, con sede en Astorga, y su propietario, Gumersindo Castro, sufrieron nueve incidentes relacionados entre sí desde el 27 de abril de 1996 y al 29 de enero de 1999.

En los fundamentos jurídicos de la sentencia, el juez considera que no está acreditado que los acusados participaran en estos hechos, ni que fueran los autores materiales de los mismos. Tampoco existen testigos de los actos de sabotaje, ni pruebas directas obtenidas en las escenas del delito que permitan concluir una autoría indubitada y que incluso existen importantes dudas sobre el móvil y la implicación de los acusados.

Dudas de la validez de algunas declaraciones

También ha dudado de la validez y eficacia probatoria de las declaraciones del denunciante, del testigo protegido y de la incriminación que se deriva de los papeles de un fallecido, Rafael Wolfang, y de su viuda María del Rosario de Fátima Castellanos Iglesias.

Con todo ello y en virtud de la presunción de inocencia, el juez ha absuelto a todos los acusados y ha declarado que las costas sean de oficio. En los fundamentos de derecho, el juez rechazó la solicitud de las defensas de prescripción de los posibles delitos. Además, ha acordado anular las intervenciones telefónicas que se hicieron por vulnerar los requisitos legales y aceptar la validez de las diligencias de entrada y registro en los domicilios, tal como resolvió ya este mismo juzgado en 2004.

En un principio el fiscal había solicitado para cada uno de los acusados una pena de 20 meses de multa a razón de 18 euros diarios y una indemnización de 162.000 euros por responsabilidad civil. Sin embargo, tras dos días de juicio, el 15 y 16 de noviembre de 2010, elevó su petición a dos años de cárcel para cada uno de los acusados.

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