La Junta actualiza la autorización ambiental a la cementera Cosmos para evitar la contaminación del suelo

César Sánchez/Ical. Central cementera de Cosmos en Toral de los Vados.

Ical

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León actualizó la autorización ambiental otorgada a la fábrica de cemento titularidad de Cementos Cosmos S.A., en el municipio de Toral de los Vados (León), dado que la actividad implica el uso, producción o emisión de sustancias peligrosas relevantes, teniendo en cuenta la posibilidad de contaminación del suelo y la contaminación de las aguas subterráneas en el emplazamiento de la instalación, según recoge en su edición de hoy el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Para la protección del suelo, de las aguas subterráneas y superficiales, la Junta recomienda que los productos químicos en fase líquida se ubiquen sobre cubetos de seguridad “que garantice la recogida de posibles derrames”, además de que los sistemas de desagüe de los cubetos permanecerán “siempre errados y periódicamente se efectuará un control sobre su adecuado funcionamiento”. Se exige también no acumular productos químicos en áreas no pavimentadas que no estén acondicionadas para tal fin, además de que se insta al titular a redactar un programa de mantenimiento que incluya “al menos una inspección anual que asegure la impermeabilización y estanqueidad de recipientes, conductos y del pavimento en las zonas de generación y almacenamiento y uso de productos químicos”.

Igualmente, se redactarán protocolos de actuación “en caso de posibles derrames o fugas de sustancias químicas en la instalación”, derrame que debería recogerse “inmediatamente” para su gestión “adecuada” de acuerdo a la naturaleza y composición del vertido. Por otro lado, para llevar a cabo el control periódico del suelo y de las aguas subterráneas, el titular de cada instalación tendrá que elaborar un Plan de control y seguimiento del estado del suelo y de las aguas subterráneas, para obtener medidas cuantitativas y comprobar la incidencia de la actividad.

En el plazo de seis meses desde la notificación de la actualización de la autorización ambiental, se remitirá este plan a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental. Si no se hubiera aportado este plan o este no se considerara suficiente, la administración determinará las medidas necesarias por la actividad, de manera que se garantice la calidad del suelo y las aguas subterráneas. Una vez aceptado el plan, se dispone de un plazo de seis meses para remitir los resultados del primer control cuantitativo de calidad del suelo relativo a sustancias peligrosas relacionadas con la actividad de la planta.

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