El Supremo ratifica la anulación de la licencia de la cementera Cosmos en Toral de los Vados

César Sánchez/Ical. Central cementera de Cosmos en Toral de los Vados

Ical

La Sala III del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) del 12 de diciembre de 2013 en la que anulaba la orden de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de 2008 por la que se concedía la autorización ambiental a la empresa Cementos Cosmos S.A. para la instalación de fabricación de clinker y cemento en su factoría de Toral de los Vados.

De esta manera se atiende el recurso contencioso administrativo ante la sentencia de diciembre de 2013 interpuesto por el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Bierzo, la Asociación Berciana de Agricultores y el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Manzana Reineta del Bierzo contra la orden de la Junta. Según la sentencia, y al desestimar en su integridad el recurso de casación presentado por la compañía, se ha impuesto a Cosmos la condena en costas, que no podrán exceder de la cantidad de 4.000 euros más IVA.

La sala ha estimado en contra del recurso de Cosmos por entender que la instalación de que se trata debió someterse a evaluación de impacto ambiental y al haberse dictado ya, por la misma sala del TSJCyL, una sentencia que anulaba la misma orden recurrida.

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