Fin a cuatro siglos de discriminación de la mujer en la Semana Santa de León

El debate sobre la legalidad e idoneidad de la participación activa e igualitaria de las mujeres en la Semana Santa de León se recrudece.

C.J. Domínguez

Más de cuatro siglos después, tras más de 400 años de discriminación basada en una tradición no escrita, las mujeres por fin pueden ejercer su pleno derecho a pertenecer a las históricas cofradías de Semana Santa de León, y no sólo como 'manolas', como hasta ahora estaba limitada su participación, sino para vestir la túnica y pujar los pasos como cualquier otro 'papón' al corriente de pago.

Así ocurre tanto en la Cofradía Dulce Nombre de Jesús Nazareno (fundada en 1611) como en la Real Cofradía Minerva y Veracruz (1612), las dos únicas que desde aquellas fechas han empleado todas las vías posibles y todos los argumentos a su disposición para impedir la real igualdad de hombres y mujeres en estas congregaciones penitenciales. Con la anuencia permanente del Obispado.

Se trata de un viejo debate que muy pocas veces se ha planteado en el seno de ambas cofradías, un veto femenino que sólo unos pocos han puesto en duda. Pero ahora hay importantes novedades que abren la brecha legal definitiva por la que las mujeres cofrades pueden ejercer sus derechos con la Ley, con la Constitución en la mano.

Todo empezó con los trámites para comprar el garaje anexo a la iglesia de Santa Nonia en 2014. Entonces se advirtió que Dulce Nombre no cumplía con la legislación

La compra del garaje de Santa Nonia que abrió la espita

Lo curioso del caso es que ha ocurrido casi por casualidad, al menos en el caso de Dulce Nombre. El origen está localizado: en vida de Isabel Carrasco como presidenta de la Diputación de León, antes de su asesinato, la cofradía quiso aprovechar la venta por parte de la institución del garaje aledaño a su sede de la iglesia de Santa Nonia para ampliar su exiguo espacio físico, a un precio bastante elevado impuesto por la presidenta, por cierto.

Pero los responsables entonces se toparon con la advertencia legal con la que no contaban: la Cofradía tenía que tener formalmente inscritos sus Estatutos en el Registro de Entidades Religiosas, que depende del Ministerio de Justicia. Esta inscripción es obligatoria y aparece recogida en el Artículo I del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede firmado en el Vaticano en 1979.

En la Cofradía del Dulce Nombre las mujeres tan sólo pueden participar como 'Manolas' en sus procesiones.

Aquí surge una duda de índole jurídico, ya que el Real Decreto 594/2015 que regula el Registro de Entidades Religiosas es del 3 de julio de 2015, mientras que la inscripción del Dulce Nombre se formalizó curiosamente apenas mes y medio antes, en mayo de 2015, sea o no coincidencia. Pero incluso aunque ese Real Decreto no fuera de aplicación a la Cofradía, el mero hecho de registrarse supone un acatamiento de todos los derechos que recoge la Constitución Española. De hecho, la Disposición Final Primera de este Real Decreto se deja meridianamente claro que el artículo 149.1.1ª de la Carta Magna “regula las condiciones básicas que garanticen las igualdad entre todos los españoles en el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de los deberes constitucionales”.

Pero incluso aunque el efecto de este Real Decreto no fuera de aplicación, sí lo es el Artículo 14 de la Constitución cuando determina que “los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”.

Los estatutos modificados fueron 'sancionados' por el Obispado en 2014 y se registraron oficialmente en mayo de 2015, aunque no consta acuerdo de la Junta General, su órgano supremo, hasta marzo de 2016. Y sólo en febrero de este año se han 'colgado' en su web, dos semanas después de consultarlos iLeon.com en Madrid

También el polémico texto del propio Acuerdo entre España y el Vaticano en los albores de la Democracia cita la obligatoriedad del registro, y por ende del acatamiento constitucional, a todas “las Órdenes, Congregaciones Religiosas y otros Institutos de vida consagrada y sus Provincias y sus Casas”, así como “las Asociaciones y otras Entidades y Fundaciones religiosas”. Se trata del Artículo 4 de un texto que jamás se ha tocado desde hace 38 años.

Este acatamiento constitucional implícito fue automático en el momento en el que la Cofradía del Dulce Nombre decidió registrarse oficialmente con fecha de 25 de mayo de 2015, va a hacer casi dos años, aunque una inmensa mayoría de sus miembros lo desconocen por completo.

La maniobra de los Estatutos del Dulce Nombre

La aprobación de los nuevos Estatutos se produjo pocos días antes, el 18 de mayo, si bien el visto bueno imprescindible del Obispado de León data del 17 de diciembre de 2014, visto bueno firmado por Paulino González Terrón como secretario del Obispado, que sancionaba asi lo que oficialmente se denomina “Adecuación de Estatutos a la Normativa Canónica y Episcopal vigente”.

Todos estos datos constan en el Registro consultado in situ por iLeon.com para certificar la adecuación legal, o no, del cambio que ha tumbado la última 'excusa' para impedir la participación de pleno derecho de las mujeres en todos los actos de esta centenaria cofradía leonesa.

La duda, y el malestar de algunos cofrades del Dulce Nombre consultados por iLeon.com, es si la modificación de los Estatutos y su inscripción posterior cuenta con todas las bendiciones legales. Porque no parece constar la celebración de una Junta General, “órgano supremo de la Cofradía”, que debería haber aprobado tales cambios, sobre todo teniendo en cuenta que de no hacerlo el acuerdo sería presuntamente ilegal.

Fernando Salguero tras el trámite de 2015

El entonces seise, anteriormente abad y hoy teniente de alcalde del PP en el Ayuntamiento de León, Fernando Salguero, es quien aparece como representante legal de aquel trámite en mayo de 2015. Y cabe destacar que esa modificación de Estatutos no apareció en la página web de la Cofradía del Dulce Nombre hasta febrero de 2017, exactamente dos semanas de tener constancia de que iLeon.com había acudido al Ministerio de Justicia en Madrid a consultar toda la documentación obrante en el expediente.

Durante los dos años precedentes, la única información obrante en la web era la de los viejos Estatutos y ni una mención a la actualización que abre la posible vía de reclamación de cualquier mujer 'papona'. En la propia web se trata de justificar este retraso de casi dos años en su publicación aduciendo que se hace “una vez finalizados los trabajos de corrección de los vigentes Estatutos por parte de la comisión elegida y acordada en la pasada Junta General de Domingo de Ramos, 20 de marzo de 2016”. O sea, tambien con un año de retraso.

Ni una palabra sobre veto femenino en ninguna cofradía

Caso similar, aunque no con tanta dosis de oscurantismo, afecta a la Cofradía de Minerva y Veracruz. Ésta fue inscrita en el Registro oficial con mucha mayor antelación, en diciembre de 2005, hace doce años, siendo Francisco Javier Benítez el representante legal.

Curiosamente en esa fecha inscribieron los Estatutos, pero sin cambiarlos una coma de los literales del año 1927. Eso sí, el pasado año se airearon unos presuntos estatutos reformados que según han denunciado algunos hermanos no contaban con el obligatorio visto bueno del Obispado. Y que hace un mes aún no constaban como los vigentes en el Regitro oficial del Ministerio, con lo cual en realidad no son reales.

María del Dulce Nombre desde su creación sólo admite mujeres para poder vestir túnica y pujar; Agonía de Nuestro Señor lo hacía desde 1993 pero acaba de cambiar sus estatutos para permitirlo

Sea como sea, cabe destacar que el hecho de vetar a las féminas como hermanas de pleno derecho y hasta las últimas consecuencias se basa en una mera costumbre ancestral, ya que los estatutos primigenios del siglo XVII de ambas cofradías en ningún momento mencionan la prohibición expresa de las mujeres a pujar un paso, por ejemplo. Sucesivos cambios, ya en el siglo XX, llegaron a regular aspectos como las duras sanciones por salirse de la procesión o levantarse el capillo, o la provisionalidad de ser bracero hasta los 23 años, “edad tope marcada médicamente para el desarrollo del cuerpo humano”. Pero de que las mujeres no puedan, ni una palabra.

En total, 5 cofradías leonesas contra la igualdad. Y una que acaba de abrir

En la actualidad, son cinco las congregaciones penitenciales leonesas que vetan a sus integrantes por razón de su sexo. A las centenarias Dulce Nombre y Minerva y Veracruz se suman también la de Santo Cristo de la Redención (1990) y la del Santísimo Cristo de la Expiración y del Silencio (1991), cuya procesión principal siempre aparecía en los programas como “sólo para hombres”, expresión que oficialmente ya han retirado. Aunque ninguna de estas dos aparece formalmente en el Registro de Entidades Religiosas.

En el caso contrario, que sólo admite mujeres y veta a hombres, se sitúa en León la Cofradía de María del Dulce Nombre (1991), que también se ha negado sistemáticamente a modificar esta condición que contradice la completa igualdad a pesar de obrar en el Registro desde noviembre de 2015. Otra más seguía sus pasos, la Cofradía Agonía de Nuestro Señor (1993), pero fuentes bien informadas indican que precisamente acaba de reformar sus estatutos para que no haya veto alguno.

En Euskadi, el Gobierno autonómico acaba de zanjar un veto femenino similar que se aplicaba desde 1599, una década antes que los casos de las dos cofradías leonesas

Un precedente vasco

Uno de los pocos precedentes valorados institucionalmente y similares al caso de desigualdad entre hombres y mujeres en otra cofradía, no vinculada a la Semana Santa pero sí con poso católico, es el de la Cofradía de San Roque de Llodio, inmersa en polémica sobre la prohibición de participación de mujeres en su tradicional Comida de Hermandad cada agosto desde el año 1599.

Este dictamen de la Defensoría para la Igualdad de Mujeres y Hombres de la Comunidad Autónoma de Euskadi ha promovido una solución paulatina, fruto de años de mediación tras varias quejas por desigualdad, y que tiene tan fácil resolución como una mera modificación que requiere mayoría simple, si es que hay voluntad por acatar un dictamen que por otra parte no deja duda de que “supone una infracción del derecho de asociaciones y una discriminación por razón de sexo” que debe solventarse.

La fallida ofensiva leonesa de 2012

Algo similar quisieron abanderar ya en 2012 dos papones leoneses en el seno de la Cofradía Minerva y Veracruz. Alberto García, primero, secundado por Gonzalo Márquez, posteriormente, plantearon este espinoso asunto en una tensa Junta General de Hermanos en la que el primer exigió la plena igualdad de derechos y condiciones para las cerca de 150 mujeres de esta cofradía, para que pudieran llevar túnica y pujar pasos como cualquiera.

Aducían ya entonces el Derecho Canónico promulgado en 1983 por el Papa Juan Pablo II y la normativa diocesana con rango de decreto que el obispo de León, Julián López, aprobó en el 2003 bajo el nombre 'Criterios y Normativa para la Creación de Nuevas Cofradías', accesible pinchando aquí.

“¿Qué tengo que decir a mi hija?”

Pero ya entonces, además de argumentos jurídicos y normativos, el principal argumento era sentimental: “Quiero saber qué tengo que decir a mi hija cuando me pregunta por qué no puede salir de papona en la Cofradía”. Un razonamiento que siguen manteniendo a día de hoy muchos cofrades, por ejemplo Luis Cañón, en este artículo.

Públicamente, las respuestas oficiales para justificar aquella enésima negativa tajante a la igualdad fueron entonces que la inclusión femenina se prohibía por “costumbre” y “tradición”. Aunque el entonces abad, Javier Puente, no dudó en ir más allá y tildar esas pretensiones como “tonterías”, según publicaba el Diario de León.

Se pudo en Sevilla... con un simple decreto

Al hilo de la normalización igualitaria en Sevilla en 2011, el Obispo de León, Julián López, se mostró favorable. Pero nada se ha avanzado en León

Pero tan difícil no ha sido en otros sitios de enorme y no menos antigua tradición semanasantera. Sin ir más lejos, en Sevilla la discriminación se acabó de un plumazo en el año 2011.

El veto a las mujeres como nazarenos permanecía en 3 hermandades de la capital hispalense y 2 de la provincia. Hasta que el arzobispo, Juan José Asenjo, pidió primero a las cofradías que pusieran fin a la situación y acabó pactando con ellas una orden que automáticamente derogaba toda restricción interna en cada uno de sus respectivos reglamentos o estatutos. Tan sencillo como un decreto que entro en vigor y puso fin al conflicto.

Más sencillo aún cuando al hilo del caso hispalense, el Obispo de León, Julián López, ya explicó en 2011 que él era favorable a esta medida, si bien no consta un solo movimiento para conseguir su implantación, siquiera paulatina, en las cofradías penitenciales de León.

“En las Cofradías no puede haber democracia”

En León, mientras, el debate se recrudeció en 2013. Así lo recuerda el blog Seiseleon, en el que se destacaba que Mauro Melón, el sacerdote consiliario de la Minerva, llegó a indicar que “en las cofradías no puede haber democracia”, así como que “las mujeres no son iguales que los hombres” en el seno de este tipo de congregaciones penitenciales, porque “no pueden tener los mismos derechos, porque en la iglesia tampoco los tienen”.

En 1937, no en la República sino en la fase más dura y represiva del primer franquismo, la Cofradía de Minerva fundó una 'Hermandad de Señoras de la Cofradía en León. Hubo felicitaciones

Por supuesto, una vez más, la ofensiva de otro conocido papón leonés, Gonzalo Márquez, experto e historiador de la Semana Santa leonesa, generó un intenso debate pero muy soterrado. Entonces aportó detalles históricos muy relevantes como cuando en 1937, ya tras la aplastante victoria franquista en la ciudad posterior al golpe de Estado, y en pleno clima nacional-católico asfixiante, se creó dentro de la Cofradía de Minerva y Vera Cruz “la hermandad de Señoras de la Cofradía, recibiendo la felicitación por esta iniciativa por parte de párroco de San Martín y de su propia Junta de Seises”.

La brecha de la ruptura en 2016 de la banda... por femenina

Lo curioso es que este pasado año 2016 ha generado en Minerva y Veracruz punto de inflexión cuando, como publicó iLeon.com, la Banda de Cornetas y Tambores de Minerva y Veracruz decidió escindirse de la cofradía, entre otras razones para poder incluir a una veintena de mujeres de sus casi 90 miembros.

La presencia de una veintena de mujeres en la Banda de Minerva provocó la ruptura con la Cofradía y amenazas judiciales

No obedeció sólo a esto. Pero fue un detalle detonador. Y las consecuencias aún colean. El pasado mes de abril, el representante de la banda y miembro de la Junta de Seises solicitó, sin éxito, poder constituirse en asociación libre musical “bajo el auspicio y patrocinio de la cofradía pero con total y absoluta autonomía e independencia en cuanto a su gestión, composición de sus miembros y régimen de actuación”.

Pero se encontró con un 'no' rotundo del abad, César Benítez Bardal, y el resto de la Junta de Seises, quienes incluso hablaron de abordar esta 'rebelión' iniciando “cuantas acciones legales puedan corresponder al objeto de mantener y reclamar la titularidad de los bienes utilizados” por la banda. Pero mientras, en una banda ya independizada, las féminas pudieron seguir participando como los demás.

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