Los abogados de la Junta le ganan un pleito a la Junta anulando el concurso de traslados

El presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera. Foto: Miriam Chacón (ICAL).

Laura Cornejo / eldiariocyl

Si hay una situación surrealista en una Administración autonómica, ésta podría ser una de ellas. Los abogados de la Junta, los mismos que defienden sus intereses, ganan a la Junta en los juzgados por una cuestión sectorial referente a sus puestos de trabajo.

Así informa de ello hoy eldiariocyl en una noticia en la que explican que la sentencia ganada por los letrados autonómicos “encuentra una selección de puestos arbitraria y que afecta los derechos de los empleados así como una valoración de la antigüedad por encima del límite”. En este caso, la judicatura ha dispuesto que se anule el Catálogo de Puestos de Trabajo estimar el recurso de los abogados, con lo que en la práctica se anularía el Concurso de Traslados que ha causado la disputa.

La Asociación de Letrados de la Comunidad de Castilla y León ha plantado cara a la Administración en la que desarrollan su labor, la Junta. Un recurso ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Valladolid ha acabado en una sentencia, a la que ha tenido acceso eldiariocyl, que anula el concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de puestos de trabajo adscritos a funcionarios de carrera en el ámbito de la Administración de la Comunidad, y que se formuló en la resolución de 11 de octubre de 2018.

El juzgado ha dado la razón al colectivo, que presentó hasta doce argumentos para que se anulase la convocatoria de un concurso que llevaba más de una década sin realizarse. En el fallo, notificado hoy mismo, se estima el primer punto aducido por los letrados y precisa que sólo con ello ya se podría anular el acuerdo impugnado: la anulación previa por los tribunales, en diciembre de 2018, de la relación de puestos de trabajo aprobada por la Junta. “Procedería declarar ya la anulación de las resoluciones impugnadas y finalizar el análisis de los motivos. Pero elementales exigencias de la tutela judicial efectiva, por el riesgo de estimación de un hipotético recurso de apelación y por resolver todas las cuestiones que han sido planteadas [...] aconsejan continuar con el análisis de los mismos”, dice el tribunal.

El juez cuestiona duramente a la Junta

Es más, el juez no entiende cómo se pudieron configurar los puestos poco después de que se anulase el catálogo y cuestiona duramente a la Junta de Castilla y León: “Este juzgador duda, siquiera dicho a efectos dialécticos que, siendo una de las causas de anulación de anterior catálogo que la decisión de la creación de los distintos puestos tipo no estaba justificada documentalmente, que no existieron estudios preparatorios ni informes, los mismos hayan podido ser elaborados con tal escaso margen de tiempo, y menos aún, haberlo sido hecho de un modo sosegado y, además, valorado (la STSJ núm. 1265 data del 20.12.2018 y el nuevo catálogo se dictó el 7.3.2019; es decir dos meses y medio después)”, dice en su fallo.

Y va más allá: “Igualmente, y dicho siquiera a efectos dialécticos, que, debiendo ser los estudios preparatorios o informes los que precedan y justifiquen la decisión última de catalogación, y no existiendo estos, el resultado haya sido, respecto de esos 697 tipos de puestos, asombrosamente coincidente con los creados en el catálogo anulado”.

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