Comienza el juicio por agresión sexual con peticiones de 39 años de cárcel para dos exjugadores leoneses de la Arandina

Ricardo Ordóñez / ICAL Los exjugadores de la Arandina C.F. Viti (I), y Raúl (D), acompañados por sus abogados acuden a prestar declaración

Los exjugadores leoneses de la Arandina Carlos C.S. 'Lucho', natural de Astorga, y Víctor R.R. 'Viti', nacido en Bembibre, se enfrentan al juicio por un presunto caso de agresión sexual a una menor de edad que comienza en la Audiencia Provincial de Burgos este jueves y que se prolongará hasta el 27 de noviembre. La Fiscalía pide hasta 39 años de cárcel para cada uno de los dos futbolistas y hasta 40 para el tercer acusado, R.C.H. La vista se desarrollará a puerta cerrada para evitar el contacto entre la víctima y los supuestos agresores, según la informa Europa Press citando a fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

Los hechos se remontan al año 2017, cuando, según el relato de la acusación pública, los tres exjugadores de la Arandina procesados mantenían una relación por vía telefónica y por redes sociales con la menor, que entonces sólo tenía 15 años de edad. Siempre a tenor de esa secuencia, los futbolistas habrían intentado convencer a la joven para mantener relaciones sexuales. Tras una conversación, habría sido “obligada” a tenerlas, primero con todos ellos en el salón de la vivienda y, luego, con R.C.H., en el dormitorio.

Así las cosas, R.C.H. es el único de los tres jugadores de fútbol al que se suma un año más de prisión en la petición de pena, que suma 40 años, al entender que el delito de agresión sexual que cometió fue continuado. Además, a R.C.H. la Fiscalía en concepto de responsabilidad civil, le pide una indemnización a título individual para la víctima de 20.000 euros, mientras que él y los otros dos procesados, C.C.S. y V.R.R., deberán responder además con una indemnización conjunta y solidaria de 50.000 euros por daños morales.

La Fiscalía solicita igualmente para los procesados diez años de libertad vigilada tras el cumplimiento de la condena. Además, en base a los delitos que se les imputan, a R.C.H. se pide que se le impida que por un espacio de 42 años se comunique por cualquier medio de comunicación o medio informático o telemático, contacto escrito, verbal o visual con L.Z.L. y que se le prohíba acercarse a ella, a su domicilio, colegio y a cualquier otro que frecuente a una distancia inferior a 1.000 metros. En el caso de C.C.S. y V.R.R., para ambos la orden solicitada en cuanto al alejamiento y de comunicación con la víctima es de 41 años.

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