La CHD flexibiliza las restricciones programadas para las choperas amenazadas en los ríos

Chopera en la ribera del Esla en Villademor de la Vega. // Foto de archivo.

Agencia ICAL

La Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) trabaja con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) y con las Confederaciones Hidrográficas del Ebro y el Miño-Sil en una propuesta para flexibilizar la normativa de las plantaciones de chopos en las márgenes de los ríos, que según estaba planteada podía suponer que una vez cortadas las plantaciones las juntas vecinales de León perdieran gran parte de su financiación al no poder volver a plantar las choperas.

Algo que, frente a las enormes protestas de los populicultores (los plantadores de estos árboles), que se temían que sólo en la provincia de León afectaría la estricta normativa a 11.000 fincas con una pérdida económica de más de 23 millones de euros al año. Así que desde el mismo PSOE se forzó a la presidenta de CHD, Cristina Danés, que cediera ante una imposición que los propios socialistas consideraban excesiva y absurda; y que no tenía en cuenta el modo de vida rural.

Por ello impulsaron que CHD, CHMS (Miño-Sil) y CHE (Ebro) se reunieran para diseñar una normativa que permita compatibilizar la conservación de los ecosistemas fluviales con la producción de chopos, frente a la prohibición recogida en el Plan Hidrológico vigente, aprobado en 2016.

Menos limitaciones y criterios comunes

De esta manera, el organismo de cuenca flexibiliza la limitación y establece unos criterios comunes con el resto de confederaciones que se incorporarán en los nuevos planes de estas cuencas para el periodo 2021-2027, de cara a homogeneizar el tratamiento de las plantaciones y cultivos en las riberas de los ríos en toda España, atendiendo siempre a una serie de garantías ambientales, según informó hoy, a través de un comunicado, la CHD.

De esta forma, podrá considerarse un aprovechamiento racional de los usos del suelo del dominio público hidráulico que sea compatible con determinados tipos de cultivo y, por ende, con el desarrollo de la economía rural. No obstante, como criterio general, el dominio público hidráulico está destinado a la conservación del ecosistema fluvial y el transporte de agua y sedimentos asociados, siendo un corredor ecológico de altísima importancia.

Sin embargo, y siempre que no se interfieran estos objetivos, se autorizarán las plantaciones productivas única y excepcionalmente en aquellos tramos de cauce donde la superficie de dominio público hidráulico sea muy superior al cauce de aguas bajas o cauce activo. Tendrán preferencia de uso los cultivos forestales frente a los agrícolas, y estas autorizaciones contarán con amplias limitaciones, más aún en espacios protegidos ambientalmente de la Red Natura 2000, donde se atenderá a lo que dicte la normativa y a lo dispuesto en los planes de gestión correspondientes.

Las nuevas normas generales: replantar lo ya plantado o cuando se pierdan suelos agrícolas

En general, solo se permitirán plantaciones sobre espacios que ya las tienen y cumplen los criterios de distancias mínimas a los cauces de aguas bajas o que se transforman de suelos agrícolas a forestales, dejando libre el corredor ecológico principal del río.

Además, deberá dejarse una banda de protección que se destinará a recuperar el ecosistema fluvial y que servirá de amortiguación de los impactos de las choperas productivas sobre el mismo y sobre el régimen de corrientes, a definir por el organismo de cuenca en función de la tipología del cauce asociada. En el caso de CHD se plantea que sea como una especie de cortafuegos o camino entre los árboles de 5 metros de ancho que sí tendría que cortarse cuando entrara la Ley y no se podría repoblar de chopos.

En ningún caso se permitirá la sustitución de bosque de ribera autóctono por cultivos o plantaciones productivas. Asimismo, las plantaciones deberán estar diseñadas para evitar los riesgos en los casos de inundación.

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