Las claves de una inusual campaña de la renta 2019 en León, de la mano de la Gestoría Suáreztomás

Luis Felipe Suárez Tomás.

A pesar de la difícil situación que se vive con motivo de la pandemia del Covid-19, la economía familiar sigue. Por eso, este 1 de abril arrancó la Campaña de la Renta 2019 que finalizará el próximo día 30 de junio.

Una campaña especial por diferentes motivos, y no sólo los relacionados con el estado de alarma. Así lo detalla Gestoría Suareztomás, una empresa que suma seis décadas, 60 años, de experiencia, únicos para detallar los aspectos fundamentales de esta campaña:

Tal y como nos indica la Agencia Tributaria, la campaña ha arrancado el 1 de abril para la presentación de las declaraciones y finalizará el próximo 30 de junio, tras mantener el calendario inicialmente previsto pese a la difícil situación en la que nos encontramos y la polémica surgida en lo que a la ampliación del plazo de presentación se refiere.

Destaca el hecho de que, ante la dificultad del asesoramiento presencial, motivado por el confinamiento, cualquier persona que lo desee podrá recibir una atención adecuada y sin riesgos para su salud a través del teléfono o del email de la gestoría.

En lo que se refiere a las personas que no tengan posibilidad de comunicación mediante estos medios anteriormente citados, en este caso Suáreztomás ha habilitado en su despacho de la céntrica calle Villafranca, número 4, un espacio en el que poder mantener la distancia de seguridad para así no poner en riesgo la salud de los expertos de la compañía ni de los clientes.

Es importante recordar que para las personas a las que su declaración salga a ingresar y deseen domiciliar el pago, el plazo de la declaración finalizará el 25 de junio, aunque nn caso de que la declaración salga a devolver el plazo terminará cuando finaliza la campaña.

Además, los contribuyentes podrán fraccionar, sin interés ni recargo alguno, el importe de la deuda tributaria resultante de su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en dos partes: la primera, del 60% de su importe, en el momento de presentar la declaración, y la segunda, del 40% restante, hasta el 5 de noviembre de 2020.

¿Quién está obligado a presentar la Declaración?

Los contribuyentes que hayan percibido en el ejercicio anterior rentas de rendimientos del trabajo inferiores a 22.000 euros, siempre y cuando haya un solo pagador, no tendrán la obligación de presentar la declaración. Esta ausencia de obligación también se aplicará cuando se trate de contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo de más de un pagador, siempre y cuando la cuantía del resto de pagadores no exceda en su conjunto los 1.500 euros anuales.

En el caso de que, habiendo más de un pagador, los rendimientos del trabajo de ese segundo pagador superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales, quedarán exentos de presentar la declaración los contribuyentes que en su conjunto no hayan percibido más de 14.000 euros.

¿Cuáles son las novedades de este año?

Este añom y a pesar de la situación de incertidumbre económica y a la crisis sanitaria que vivimos, la campaña de la renta no se ve afectada. La principal novedad formal de este año la encontramos en el borrador, en el apartado de la identificación del domicilio fiscal del contribuyente. Hasta este año esta información la cumplimentábamos en la primera hoja de la declaración, pero con este nuevo formato la vamos a encontrar separada del resto, por lo que se podrá modificar de forma muy sencilla.

Están exentos de tributación los premios de Loterías del Estado cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000 euros (en 2018, estaban exentos hasta 10.000 euros y en 2017, hasta 40.000 euros).

Se incluye un nuevo Anexo D de cumplimiento voluntario para los arrendadores de inmuebles, en el que se identificará a los proveedores de gastos de reparación, jurídicos, conservación, etc., así como su importe.

En cuanto a nuevas deducciones fiscales, este año se presenta sin cambios.

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