La empresa RMD se enfrentará por fin a un juicio por el incendio de neumáticos contaminante de 2015

Vista del tremendo incendio ocurrido en la empresa Recuperación de Materiales Diversos (RMD) en 2015.

El Juzgado que instruye el caso del importante incendio ocurrido en 2015 en las instalaciones de la empresa Recuperación de Materiales Diversos (RMD), que permaneció semanas activo produciendo importantes emisiones presuntamente contaminantes, ha decretado el cierre de la fase de instrucción. Y de ellas se desprenden, cuando menos, indicios de presunto delito contra el medio ambiente, a la espera de la calificación de la Fiscalía y antes del juicio al que el caso, por fin, está abocado.

La acusación particular, ejercitada por Ecologistas en Acción de la provincia de León, ha solicitado la apertura de la fase del juicio oral, solicitando en su escrito de calificación importantes penas de multa, inhabilitación para el responsable legal de la mercantil, así como penas que pudieran llevar aparejada la privación de libertad no sólo por presuntos delitos contra el medio ambiente sino también por posible delito de incendio imprudente.

La del Juzgado es una decisión que para Ecologistas “supone un giro de 180 grados respecto al auto anterior de sobreseimiento de la causa”, que se produjo en marzo de 2018, que decretó el juez y apoyó la fiscalía. La organización entiende en una nota de prensa que este giro vino forzado “por el auto de la Audiencia Provincial” de febrero de este año que, ante apelación presentada por Ecologistas, ordenó la continuación del procedimiento, aportando una doctrina jurídica muy importante para apoyar el procesamiento de la empresa.

Ahoram el nuevo auto contempla que “según las evidencias a que conducen las diligencias practicadas así como el bien jurídico que se constata ha resultado afectado [el medio ambiente] existen indicios de la comisión de un delito tipificado en el artículo 326 bis relacionado con el artículo 328 y 11 del Código Penal (comisión por omisión)”.

El Juzgado señala que “existen diligencias suficientes que advierten claramente y cuanto menos de la existencia de una conducta imprudente”. Hace referencia, primero, a la transgresión del “deber fijado por norma jurídica”, es decir, contraviniendo la normativa existente al respecto, como es el incumplimiento de varios preceptos del Decreto de Gestión de neumáticos usados, de 2005, en cuanto a tener apilados los neumáticos en grandes montones, excediendo su volumen permitido, con una altura muy superior (entre 4 y 7 metros) a la fijada legalmente de 3 metros; así como almacenar, contiguo, un montón de grandes dimensiones de materiales diversos, como plásticos, colchones, cartones, aerosoles, etc., prohibido por la normativa.

También achaca a priori falta de cautela necesaria “que habría de haberse hecho valer cuando las condiciones meteorológicas además eran tan propicias a la propagación de un incendio”. Se trataba de grandes acúmulos prohibidos que se hallaban allí, no circunstancialmente, sino por decisión empresarial de almacenamiento continuado, recuerdan desde Ecologistas en Acción.

Al mismo tiempo, afirma el auto, “existen indicios de la idoneidad de la conducta del investigado en orden a poder causar un grave perjuicio ya en la salud de las personas, en su caso en el equilibrio de los sistemas naturales. La conducta analizada en el desarrollo de la presente causa, según el resultado de las diligencias practicadas permite apreciar la comisión de un posible delito de peligro hipotético”. Así, se alinea con el auto de la Audiencia.

Todo tipo de contaminación

El auto recuerda también que un informe de la Universidad de la Coruña analizando la contaminación atmosférica derivada del incendio “concluye que se superaron con creces los niveles de PCB similares a dioxinas en las muestras analizadas de uva, hierba, suelo”. “Luego estamos hablando de contaminación muy importante, por sustancias tóxicas muy peligrosas para la salud humana y animal en general”, remarca la nota de prensa.

Se suma a ello “la contaminación de las aguas; la Confederación Hidrográfica del Duero señalaba que debido al vertido de los flujos provenientes de las labores de extinción no solo se ha incoado expediente sancionador a la empresa RMD SA. sino que al tomar muestras del vertido de aguas residuales a la cuneta que desemboca en el cauce del río Antimios, se superaron los límites autorizados de varios parámetros, cuantificándose los daños al dominio público hidráulico en 717,17 euros por cada día de vertido”, reza igualmente el auto.

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