La Junta activa ayudas a contratos de mujeres en pymes y menores de 30 años con Renta Garantizada

Mujer trabajadora.

ICAL

La Consejería de Empleo amplió a los jóvenes menores de 30 años, que son perceptores de la Renta Garantizada de Ciudadanía, con expediente de protección acreditado por el órgano competente de la Gerencia de Servicios Sociales, la posibilidad de percibir las subvenciones para ser contratados como desempleados, según establecía el nuevo Plan Anual de Políticas de Empleo de Castilla y León para el año 2019, acordado con sindicatos y Patronal.

Por otro lado, el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) de hoy publica también la modificación de la orden que establece las bases reguladoras de las subvenciones dirigidas a pequeñas y medianas empresas para fomentar el ascenso profesional de la mujer en Castilla y León.

Así, la cuantía de la subvención que percibirá la entidad beneficiaria por el ascenso profesional de la mujer trabajadora será, con carácter general, de 2.100 euros. Esta cantidad se incrementará hasta 2.600 euros si la trabajadora en el momento del ascenso es menor de 35 años de edad o tiene 55 años o más de edad. Si desarrolla su actividad en las profesiones y ocupaciones con menos índice de empleo femenino, la ayuda a percibir por la entidad beneficiaria será de 2.650 euros.

Respecto a la primera línea de ayuda, la de los jóvenes, el Plan Anual de Políticas de Empleo de Castilla y León incluye ahora a los menores de 30 años que perciban la Renta Garantizada entre los destinatarios de las subvenciones previstas en la Orden EMP/536/2017, de 22 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de estas ayudas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a la contratación temporal de personas desempleadas y de personas beneficiarias de Renta Garantizada de Ciudadanía, por entidades sin ánimo de lucro, empresas de inserción y participadas, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en la Comunidad de Castilla y León.

De este modo, las subvenciones se destinarán a la contratación por parte de la entidad o empresa beneficiaria, de personas que, en la fecha de inicio del contrato, se hallen desempleadas e inscritas como tales en el Servicio Público de Empleo, y se encuentren en paro de larga duración, entendiendo por tales aquellas personas cuyo período de inscripción como demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo sea de, al menos, 12 meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la contratación por la que se solicita la subvención. A estos efectos, no se computarán aquellas interrupciones iguales o inferiores a 30 días que sean consecuencia de una colocación.

También se incluyen las personas de 45 o más años de edad; víctimas de violencia de género; participantes del Programa Personal de Integración y Empleo del Servicio Público de Empleo de Castilla y León; solicitantes y beneficiarios de protección internacional; personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento; y, desde ahora, los menores de 30 años con expediente de protección acreditado por el órgano competente de la Gerencia de Servicios Sociales de la Junta de Castilla y León.

Ayudas a pymes

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