Arranca esta madrugada la prohibición de consumo en barra y tabaco en terrazas y el confinamiento de Salamanca

Bares y terrazas estrenan nuevas restricciones. / JESÚS FORMIGO / ICAL

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El Boletín Oficial de Castilla y León (BOCyL) publica este viernes la orden que limita la movilidad y aforos en lugares de culto, ocio y restauración, desde las 00.00 horas del 17 de octubre y durante catorce días, para los más de 144.000 vecinos de la ciudad de Salamanca para contener la expansión del virus.

En la misma orden, se recuerda que la prohibición de consumo en las barras de bares, restaurantes y cafeterías, de fumar en las terrazas y de limitar a seis personas las reuniones en el ámbito privado son medidas para toda la Comunidad Autónoma y entran igualmente en vigor esta misma madrugada del sábado.

La orden se ampara en la Orden del Ministro de Sanidad, de 30 de septiembre de 2020, que establece nueve medidas, entre ellas la restricción de la entrada y salida en municipios, limitación a seis personas en la participación de agrupaciones y limitaciones de aforos y horarios en el desarrollo de determinadas actividades en ámbitos, que deberán adoptarse en aquellos municipio de más de 100.000 habitantes.

En tal sentido, se refiere a incidencias superiores a los 500 casos por 100.000 habitantes (salvo en los supuestos en que un porcentaje muy significativo de estos casos estén asociados a brotes bien identificados y controlados), con un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infección activa realizadas en las dos semanas previas superior al 10 porciento y en los que la comunidad autónoma a la que pertenezca el municipio presente una ocupación de camas por pacientes Covid-19 en unidades de cuidados intensivos superior al 35 por ciento de la dotación habitual.

Medidas como en León, detalle

Como ocurre todavía en León y Palencia, se restringe también en Salamanca la entrada y salida de personas en el municipio, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos: Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales o asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

La asistencia a lugares de culto no podrá superar un tercio de su aforo y se deberá garantizar en todo caso la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y el uso de mascarilla.

Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el cincuenta por ciento del aforo permitido y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 22:00 horas.

Los establecimientos de hostelería y restauración limitarán el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores.

Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas con el objeto de asegurar el mantenimiento de la debida distancia física de, al menos, 1,5 metros entre las personas sentadas en diferentes mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas.

No se admitirán nuevos clientes a partir de las 22.00 horas y tendrán como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningún caso las 23.00 horas, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio. Estas mismas limitaciones de aforo y horario son aplicables a los establecimientos y locales en donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas.

Podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas, tanto al aire libre como de interior, siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo máximo permitido de la instalación en espacios interiores y el sesenta por ciento en espacios exteriores. La práctica deportiva en grupos se limita a un máximo de seis personas.

Íscar y Pedrajas, ambas en Valladolid

Por otro lado, la Junta León publica también hoy sendas órdenes de la Consejería de Sanidad por las que se prorroga el cierre perimetral de Pedrajas de San Esteban y se modifican las restricciones, eliminando las limitaciones a la movilidad y manteniendo el control de aforos, en el municipio de Íscar, las dos localidades de la provincia de Valladolid.

En ambos casos, las actuaciones ahora publicitadas entrarán en vigor a las 00 h de mañana, 17 de octubre y se prevén por un plazo inicial de siete días, hasta el 23 de octubre inclusive.

Estas órdenes se adaptan asimismo a los cambios aprobados ayer por el Consejo de Gobierno de la Junta, en relación con el Acuerdo 46/2020, por el que se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.

De acuerdo con esta modificación, que también se publica en el BOCyL, se establece la limitación de las reuniones de ámbito privado a un máximo de seis personas y se prohíben tanto el consumo en barra o de pie en establecimientos de hostelería, de restauración y sociedades gastronómica y como fumar en terrazas al aire libre, decisiones adoptadas para todo el territorio castellano y leonés.

La Administración sanitaria ha informado de estas decisiones referidas a Pedrajas de San Esteban e Íscar a la Delegación del Gobierno, a los ayuntamientos afectados y a los de municipios limítrofes, para su conocimiento y con el fin de recabar su cooperación en la vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las mismas, incluyendo la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

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