Castilla y León saca ahora ayudas por covid de 3.000 euros para autónomos y hasta 8.000 si son discotecas o pubs

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ICAL

La Consejería de Empleo e Industria de la Junta de Castilla y León convoca ahora las ayudas de entre 3.000 y 8.000 euros dirigidas a autónomos o trabajadores por cuenta propia para paliar el impacto económico provocado por la enfermedad de la covid y las restricciones impuestas por la propia Comunidad autónoma. Estas subvenciones van dirigidas en concreto al ocio nocturno, el comercio, la industria, los servicios y las actividades profesionales y otros.

La cuantía de la subvención a percibir por beneficiario será de 3.000 euros, excepto para los beneficiarios que pertenezcan al sector de discotecas, que será de 8.000 euros.

Así lo recoge el extracto de la Orden de 15 de junio que publica hoy el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). Estas subvenciones, que se convocan en régimen de concesión directa, contemplan una cuantía por beneficiario de 3.000 euros, excepto para el sector de discotecas que será de 8.000 euros.

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el 21 de junio, a las 9.00 horas, hasta el 19 de julio, a las 24.00 horas. La competencia para resolver las solicitudes será de la Consejera de Empleo e Industria que dirige la leonesa Ana Carlota Amigo.

Los beneficiarios serán a los sectores comerciales, industriales, de servicios, profesionales y análogos, así como el ocio nocturno: discotecas, salas de fiesta, pubs y karaokes, bares especiales, ciber-café, café cantante, bolera, salas de exhibiciones especiales y locales multiocio.

En el caso de trabajadores por cuenta propia o autónomos pertenecientes a comunidades de bienes, sociedades mercantiles o personas jurídicas, únicamente podrá solicitar la subvención uno de sus miembros, indicando dicha circunstancia en la solicitud.

Los trabajadores por cuenta propia solo podrán ser beneficiarios por el alta en uno de los epígrafes IAE, independientemente de que desarrollen varias actividades. No podrán tener la condición de personas beneficiarias las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos en calidad de familiares colaboradores del titular de la actividad.

Los beneficiarios deberán estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos a fecha de prestación de la solicitud; tener el domicilio fiscal en un municipio de la Comunidad; estar empadronado en un municipio de Castilla y León; estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y cumplir la normativa sobre integración laboral de las personas con discapacidad.

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