Los locales de ocio nocturno sin terraza tendrán que permanecer cerrados por orden del TSJ

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ICAL

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha acordado denegar la suspensión del acuerdo adoptado por la Junta el pasado 20 de agosto en el que se adelantaba el horario de cierre del ocio nocturno.

La Asociación Unión Burgalesa de Hostelería recurrió el pasado 26 de agosto el Plan de Medidas de Prevención y Control de la Junta en el que establecía que “las discotecas, salas de fiestas, pubs, karaokes, bares de copas, boleras y salas de música en directo tendrán que cerrar sus locales, y solo podrán atender al público si disponen de terraza al aire libre. En este caso, las terrazas podrán estar abiertas hasta la 1 de la madrugada, aunque no podrán recibir nuevos clientes a partir de las 00.00 horas, como el resto de los establecimientos de restauración”.

En el auto también se determinar no hacer una condena en costas.

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