Desde las dos de la tarde del viernes hasta el lunes 9 no se podrá entrar ni salir de Castilla y León

Control de acceso y salida de León el primer día de confinamiento. / Campillo / ICAL .

La Junta de Castilla y León considera necesario “dar un paso” en las medidas de control de la propagación de la pandemia de coronavirus Covid-19, “con el objetivo último de proteger la salud de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y evitar el colapso del sistema de salud de Castilla y León”. De esta manera, justifica la prohibición de entrada y salida de la Comunidad Autónoma, con la finalidad de “reducir sustancialmente la movilidad, y, por tanto, evitar la propagación del virus”.

Desde las dos de la tarde de mañana viernes hasta las dos de la tarde del lunes 9 de noviembre no se podrá entrar ni salir del territorio geográfico de Castilla y León sin justificación. Tal y como acordó ayer el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, tras reunirse con los presidentes autonómicos de Castilla-La Mancha y Madrid, y publica este jueves el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl).

Las justificaciones válidas para acceder o salir de la Comunidad serán: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil; retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; causa de fuerza mayor o situación de necesidad; y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

No obstante,la circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen estará permitida siempre y cuando tengan origen y destino fuera del territorio de Castilla y León.

De la misma manera, la Junta prohíbe las reuniones de más de seis personas no convivientes en espacios tanto públicos como privados. Esta limitación no a afectará a la confluencia de personas en instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen específico de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria. Esta medida está ya en vigor, desde su publicación en el Bocyl, pero, en cambio, no hay fecha de suspensión sino que mantendrá su eficacia “mientras dure el estado de alarma”, sin perjuicio de que pueda ser modulada, flexibilizada o suspendida en cualquier momento por el Presidente de la Comunidad de Castilla y León.

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