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UPL pide resolver las “incongruencias” de las ayudas para reducir el impacto económico de la pandemia
El procurador leonesista en las Cortes de Castilla y León, Luis Mariano Santos, denuncia “incongruencias” en los requisitos exigidos a los autónomos y empresas para acceder a las ayudas directas que la Junta ofrece para reducir el impacto económico por la pandemia de coronavirus covid-19.
“Parecía que el Gobierno estatal y autonómico iban a compensar las penurias por las que llevan atravesado autónomos y empresarios desde marzo de 2020, pero una vez más la incompetencia de las instituciones pone en un brete el acceso de los más necesitados a estas ayudas”, apuntó.
Según explicó el leonesista, el primer requisito excluyente se produce “de la mano del Gobierno estatal”, que impone en el Real Decreto Ley 5/2021 la necesidad de disponer de un código CNAE, “dejando en el limbo, sin reconocimiento ni ayuda alguna, a determinados grupos afectados directamente por la crisis consecuencia de la pandemia de covid-19”, como por ejemplo “las agencias de azafatos de ferias”
Por su parte, la Junta de Castilla y León solo permite acceder a dichas ayudas a los empresarios y autónomos que durante el periodo del 1 de marzo de 2020 al 13 de marzo de 2021 hayan contraído deudas para paliar los efectos de esta crisis, “dejando fuera a los que que hayan empleado sus ahorros personales en evitar el cierre de sus negocios, afectando especialmente en pequeñas y medianas empresas, ya que ninguna podría subsistir un año sin pagar proveedores, bancos, suministros, etc”.
Para UPL todas estas medidas tienen “una consecuencia clara” como es “la imposibilidad de acceso a las ayudas de aquellos autónomos y empresarios de pequeñas y medianas empresas, a los que más ha golpeado la crisis”.
Por este motivo, reclamaron la adecuación de los requisitos para “no dejar a ningún empresario o autónomo afectado atrás”, al tiempo que exigieron la inclusión de los grupos de actividad afectados cuyo código CNAE no aparezca en el RDL 5/2021 entre los receptores de dichas ayudas y la eliminación del requisito de haber contraído deudas durante el periodo establecido, “supliendo este requisito por otro que permita adecuar de forma más equitativa el acceso a dichas ayudas”.