Cacabelos aclara que la absolución del exinterventor se debe a “una circunstancia eximente completa de anomalía psíquica”

César Sánchez / ICAL El alcalde de Cacabelos (León), Sergio Álvarez

Ical

El Ayuntamiento de Cacabelos aclaró este miércoles que la absolución del exinterventor municipal como presunto autor de un delito de atentado a agente de la autoridad se debe a “una circunstancia eximente completa de anomalía psíquica”, que obligará al funcionario a someterse durante un año a un tratamiento médico externo en la Unidad de Salud Mental del Hospital del Bierzo.

Al respecto, los responsables del Consistorio remarcaron que la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Ponferrada acuerda imponer esta “medida de seguridad consistente en libertad vigilada” al interventor titular, después de que éste supuestamente agrediera al alcalde Sergio Álvarez, en agosto de 2015, sólo dos meses después de la llegada del nuevo equipo de Gobierno municipal.

Esta mañana, los representantes del PP en el Ayuntamiento de Cacabelos destacaron que la sentencia se dictó hace dos meses y que el equipo de Gobierno la ha guardado en el cajón. Según los 'populares', estos “desafortunados” asuntos denunciados por el alcalde le han servido de “coartada” para mantener a la interventora interina en su puesto, sin nombramiento desde hace más de dos años y medio.

En ese sentido, los responsables municipales recalcaron que el interventor titular “participó libremente en un concurso de traslados y consiguió plaza en Fabero”, por lo que “se fue de Cacabelos voluntariamente y eso no tiene nada que ver con la situación de la actual interventora interina, a la que el PP ”tiene en su punto de mira“, lamentaron.

En cuanto al fondo de la cuestión, los representantes del Consistorio recalcaron que “a una persona enferma mentalmente no se le aplica una pena, se le aplica una medida de seguridad”. Como ejemplo, citaron el caso del conocido como 'asesino de la baraja', que mató a once mendigos y resultó absuelto, pero se le aplicó una medida de seguridad consistente en internamiento en un centro psiquiátrico de por vida.

Aclaración de sentencia

Por otro lado, el equipo jurídico del Ayuntamiento solicitaó al juzgado una aclaración de la sentencia, ya que en un párrafo del texto se asegura que se llegó a un acuerdo entre las partes, “algo que nunca se produjo”, remarcaron los responsables del Ayuntamiento. Este procedimiento constituye un remedio procesal excepcional que posibilita que los órganos judiciales aclaren algún concepto oscuro o solucionen las omisiones que puedan contener las sentencias y autos definitivos.

En esa línea, los servicios jurídicos remarcaron que “en el párrafo final se hace alusión a una conformidad que no ha existido, dado que se celebró el juicio”. “Es un error de corta y pega, pero hasta que no sea aclarado este error, realmente no hay sentencia”, destacaron los representantes municipales, que aseguraron que la aclaración pedida “de momento no se ha producido”.

Etiquetas
stats