Las artimañas de la Junta de Castilla y León para ‘salvar’ sus proyectos en materia medioambiental

Parque eólico Peña El Gato

A. Mañanes / A. Vega

Algunos proyectos de la Junta de Castilla y León en materia de medio ambiente y conservación del entorno puestos en marcha en los últimos años han estado envueltos en polémica. Y no es que fueran más o menos aceptados por la oposición o por la opinión pública, si no que han contado con el rechazo y, por consiguiente, con la paralización por parte de la Justicia.

No se trata de un caso aislado, son varias las decisiones de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente que los tribunales han echado para atrás. No obstante, pese a las sentencias contrarias, algunas de ellas firmes, en muchas ocasiones desde el Ejecutivo autonómico no se han cruzado de brazos y han buscado artimañas legales con el fin culminar sus proyectos o simplemente para dilatar y enmarañar lo más posible los procesos legales para retrasar su paralización definitiva. El último ha sido.

El último caso ha sido la caza del lobo al norte del río Duero, y por tanto afectando a toda la provincia de León. La Junta ha tenido que asumir la suspensión de la caza hasta el 2020 tras una decisión judicial, pese a intentar con un decreto eludir la sentencia y plantear el correspondiente recurso.

El TSJCyL anuló íntegramente el Plan de Conservación y Gestión del Lobo ante la falta de informes técnicos o científicos que aconsejen el establecimiento de las medidas de control y aprovechamiento cinegético de la especie. Una decisión criticada por colectivos conservacionistas, que llevaron el asunto a los tribunales.

Además, el Alto Tribunal de la Comunidad anuló también el Plan de Aprovechamientos Comarcales del Lobo en los territorios cinegéticos situados al norte del río Duero y paralizó de forma provisional la caza de ejemplares.

Para sortear estas sentencias contrarias a la gestión del lobo, la Junta aprobó el pasado mes de abril el decreto 10/2018 por el que se regula las especies cinegéticas de Castilla y León en el que se incluía específicamente al lobo. De esta manera pretendía bordear las sentencias judiciales que cuestionaban que el lobo pueda ser una especie cinegética, aunque no su control.

Finalmente, tras estimar la Justicia un recurso de la asociación conservacionista Ascel relativa al 'Plan de aprovechamientos comarcales del lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del río Duero para las temporadas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019' que autorizaba la muerte de 429 lobos por cazadores en el período 2016-2019, la Junta ha decidido ordenar la suspensión de la caza del lobo en la Comunidad hasta 2020.

La fallida estación de esquí de San Glorio

Un ejemplo de este procedimiento habitual en la consejería de Fomento y Medio Ambiente es la fallida estación de esquí que el Gobierno autonómico quería ejecutar en San Glorio y que fue 'tumbada' por la Justicia en el año 2008. No obstante, la Junta aprobó una ley 'ad hoc' para que se pudiera realizar la estación tras ser anulado el reglamento que inicialmente se realizó por ser contrario a la normativa del Parque Natural de Fuentes Carrionas (Palencia).

La Junta, al ver anulado su reglamento en los tribunales, aprobó una Ley en las Cortes autonómicas idéntica al reglamento, un hecho que fue recurrido por varias entidades conservacionistas que consideraron que se vulneraba el derecho a la defensa jurídica. Posteriormente, el Tribunal Constitucional declaró “inconstitucional y nula” dicha ley.

La estación de esquí de San Glorio estuvo en cuestión desde su inicio ya que muchos colectivos consideraban que era incompatible con la conservación de los valores naturales de la zona, que cuenta con diferentes figuras de protección (Parque Regional, Parque Natural y Red Natura 2000).

El nudo eólico de Villameca

Algo similar ha ocurrido más recientemente con el nudo eólico de Villameca, el pasado 13 de julio, el TSJCyL ratificó la invalidez del procedimiento de autorización del parque eólico de Peña del Gato y, por extensión, de todo el complejo eólico del nudo Villameca, que afecta a las comarcas leonesas de Omaña, Cepeda y Bierzo.

Tras más de diez años de proceso judicial, el TSJCyL dio la razón a SEO/BirdLife que desde el principio alegó las deficiencias de todo el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental de los parque eólicos proyectados y ya construidos en la comarca de Omaña-Cepeda-Bierzo, en una importante zona para el urogallo cantábrico, catalogado como en peligro de extinción y recientemente declarada como “especie en situación crítica”, por el Ministerio y la propia Junta de Castilla y León.

El tribunal de Castilla y León entendió que no es admisible adaptar las declaraciones de impacto ambiental a los proyectos ya construidos, pues es desvirtuar la finalidad del procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Por tanto, el parque ha quedado sin cobertura jurídica alguna, y si el promotor quiere lograrla tiene que presentar una nueva solicitud que iniciaría el procedimiento desde cero.

En este caso, tras las primeras sentencias que anulaban estos parques eólicos, el Gobierno autonómico decidió reiniciar el procedimiento administrativo para retrotraerlo al momento de presentación del estudio ambiental, una artimaña legal que posteriormente fue paralizada por el Tribunal Superior de Justicia.

La estrategia jurídica del Gobierno autonómico en materia ambiental es insistir con otro procedimiento administrativo a las sentencias judiciales que anulan los proyectos. Pero los tribunales han aprendido el truco y 'tumban' esos intentos de subvertir las sentencias. En definitiva, todo un lío jurídico-administrativo de complicada resolución final en algunos casos.

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