14 años después la justicia anula un parque eólico en la sierra de Gistredo

Sierra de Gistredo este pasado fin de semana.

ileon.com

La sierra de Gistredo, o Gistreo, permanecerá libre de molinos eólicos después de 14 años de batalla administrativa y judicial que finaliza con una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) declarando nula la autorización emitida por la Junta de Castilla y León al parque eólico 'Quintana'.

El proyecto del parque eólico Quintana, promovido por una sociedad participada por el presidente de la Cámara de Comercio e Industria de León Manuel Lamelas Viloria y Unión Fenosa, tiene su origen en el año 1999 cuando la compañía promotora 'ganó' en competencia la posibilidad de construir el parque. En el año 2000 la empresa presenta su primer proyecto y comienzan entonces las protestas de grupos de ciudadanos en la zona contra el parque eólico al considerar que afectaría gravemente a la fauna y flora de la sierra de Gistreo y Coto, además de detectar numerosas irregularidades administrativas y carencias técnicas en el proyecto.

Sierra de Gistredo este pasado fin de semana.

El proyecto mantiene su tramitación administrativa hasta el año 2008 cuando la Junta de Castilla y León otorga autorización definitiva al parque eólico Quintana, pero a un proyecto distinto del original del año 2000. Es entonces cuando las organizaciones conservacionistas SEO/Birdlife y la Plataforma para la Defensa de Gistreo plantean un recurso judicial al entender que el parque afectaba gravemente a una sierra calificada como Área Importante para las Aves y la Biodiversidad (IBA, Important Bird Area) y en la que está sobradamente datada la presencia de animales en peligro de extinción como el oso pardo o el urogallo. Las entidades demandantes, firmes defensoras de las energías renovables, batallaron judicialmente “para que la Administración autonómica cumpla con la legalidad ambiental y la realización de una adecuada planificación energética”, explican en un comunicado.

En su sentencia el tribunal aprecia que la Junta de Castilla y León debía haber declarado la caducidad del expediente por no haber subsanado el promotor en plazo una serie de deficiencias del proyecto que fueron requeridas expresamente. El recurso judicial de las plataformas ha estado dirigido por el bufete Ecourban.

El parque eólico, “afortunadamente no construído” recalcan desde la Plataforma para la Defensa de Gistreo, se componía de 27 aerogeneradores de 99,5 metros de altura (68,5 metros al buje) y una potencia total instalada de 33,75 megavatios.

Esta sentencia se une a otras resoluciones judiciales obtenidas por SEO/BirdLife que han dejado patente la ilegalidad de los proyectos eólicos del conocido como nudo de Villameca -donde también evacuaba el ahora anulado parque 'Quintana'- (comarca de Omaña, Cepeda, Bierzo alto) en la provincia de León. En concreto, hasta el momento, han sido anulados mediante sentencia las autorizaciones de los parques eólicos 'Curueña II', 'Villabandín II y Ampliación', 'Peña del Gato', 'Murias II' (que fue el primero) y la subestación eléctrica de Villameca.

SEO/BirdLife y la Plataforma para la Defensa de Gistreo han celebrado la sentencia “que libera a la sierra de Gistreo y Coto de una grave amenaza”. Desde la Plataforma para la Defensa de Gistreo señalan que seguirán luchando por la conservación de la sierra de Gistreo y Coto y reclaman a la Administración que proteja adecuadamente el ecosistema único de la sierra que une Omaña, el Alto Sil y el Bierzo declarándola Parque Natural.

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