La Junta se congratula de poder permitir matar con la caza a 153 lobos sólo en León

Dos ejemplares de lobo abatidos a disparos. / Estudio Ecologistas en Acción

C.J. Domínguez

La Junta de Castilla y León podrá seguir manteniendo sus planes de lo que denomina “aprovechamientos comarcales de lobos” de momento con los parabienes judiciales. Unos planes que sólo en la provincia leonesa supondrán, al menos sobre el papel, la muerte de 153 ejemplares de este cánido hasta el año 2022, a razón de 51 lobos abatidos por cada año.

En concreto, está previsto según el por comarcas y reservas de caza que fue aprobado en octubre de 2019 por la Consejería de Fomento y Medio Ambiente de la Junta, que preside el leonés Juan Carlos Suárez-Quiñones, que se reservarán para poder ser cazados en la reserva regional de Ancares 5 ejemplares, en Astorga y La Bañeza 7, en cotos de la comarca del Bierzo 5, en cotos de la Montaña de Riaño 3, otros 5 en La Cabrera, en Montaña de Luna 7, en la zona llamada Tierras de León, en el entorno de la capital leonesa, otros 4 lobos, y en la reserva regional de Mampodre y Riaño, que es la que más ejemplares prevé, un total de 15 piezas.

En el Parque Nacional de Picos de Europa se recogen 0, aunque la Junta siempre ha defendido que se cace también aquí a pesar del enorme grado de protección del espacio.

Estos planes cinegéticos, justificados por la Junta para realizar un control selectivo la una población de lobos que se estima en 1.051 ejemplares al norte del río Duero y de 433 en la provincia de León, formaban parte del plan llamado “de aprovechamientos comarcales de lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del río Duero en Castilla y León” para las temporadas 2019-2020, 2020-2021 y 2021-2022.

Los planes no gustaron un ápice a algunas organizaciones conservacionistas, que entendían entre otras cosas que los censos más recientes utilizados eran de 2013, por lo que no le otorgaban fiabilidad alguna, estimando en mucho menos los ejemplares reales. Algo, insistían, que demostraban las propias cifras de daños que mitigaban los pagos de la Junta a los ganaderos, considerándolos mínimos y con apenas conflictividad social.

Apoyo judicial a la Consejería

Sin embargo, la pasada semana la Junta de Castilla y León recibió un primer espaldarazo judicial para mantener estas batidas de lobos y en las cuantías aprobadas. La Sala de lo Contencioso administrativo de Valladolid del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) desestimó la medida cautelar de suspender la vigencia del plan de aprovechamientos comarcales del lobo al norte del Duero, solicitada por la Asociación para la Conservación y Estudio del Lobo Ibérico (Ascel).

Esto significa que, en tanto no se resuelva el recurso de fondo, el documento y las cacerías continúan con plena vigencia hasta 2022. El auto judicial admite la argumentación formulada por la Dirección de los Servicios Jurídicos de la Consejería de la Presidencia, aplicando por primera vez la doctrina marcada recientemente por el Tribunal Supremo, que declaró la legalidad del Decreto de la Junta de 2015 que regulaba en general la caza, cuya Ley había sido inicialmente anulada provocando un escándalo nacional.

Ascel había presentado recurso contencioso contra la resolución de 9 de octubre de 2019 de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, por la que se aprueba el Plan de aprovechamientos comarcales del lobo en los terrenos cinegéticos situados al norte del río Duero en Castilla y León para las temporadas anuales desde 2019 hasta 2022 y había solicitado la suspensión cautelar de su vigencia mientras se resolvía el recurso.

Ahora, la Sala de Valladolid, mediante un auto de 8 de junio, rechaza esta suspensión, aplicando para ello la doctrina marcada por el Tribunal Supremo el 18 de mayo de este año, que declara la legalidad del Decreto de 2015 de la Junta, “por el que se regulaba la conservación de las especies cinegéticas, su aprovechamiento sostenible y el control poblacional de la fauna silvestre”.

Censos de 2013 suficientes

El Decreto se ha declarado “legal”, precisó la Junta, ya que “contaba con los estudios suficientes que avalaban el carácter cinegético de las especies declaradas cazables”, y entre ellas el lobo. Ahora, la resolución de la Consejería, “sin perjuicio de lo que se pueda resolverse en la futura sentencia, también cuenta con esos estudios importantes”.

Señalan los Servicios Jurídicos de la Junta que constan en el expediente de aprobación de la Resolución un amplio anexo que contiene el censo regional del lobo 2012-2013, el inventario de manadas, la estimación poblacional, la valoración de la mortalidad no natural, la exclusión de aprovechamiento cinegético de determinadas comarcas loberas o, entre otros, la clasificación de esas comarcas y porcentajes de extracción, que deben “considerarse suficientes a la hora de determinar su caza limitada”.

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