Las normas de la desescalada permitirán circular dentro de las zonas básicas de salud que pasan a Fase 1 pero no entre ellas

Centros de Salud de Riaño (arriba), Matallana de Torío (abajo) y Truchas (derecha)

ILEÓN/ELDIARIO.ES

Doble edición del Boletín Oficial del Estado este sábado. Por un lado recoge la prórroga del estado de alarma desde las 00:00 horas de este domingo 10 de mayo hasta las 00:00 horas del domingo 24 de mayo, de acuerdo a lo aprobado este viernes por el Consejo de Ministros después de que el Pleno del Congreso de los Diputados le autorizara a ello en la sesión parlamentaria que se celebró el miércoles.

Además la orden, autoriza al ministro de Sanidad, Salvador Illa, a acordar “la progresión de las medidas aplicables en un determinado ámbito territorial” para ir reduciendo poco a poco el confinamiento de manera acorde al plan de fases acordado por el Ejecutivo que preside Pedro Sánchez.

BOE de la Fase 1

Por otro lado el BOE publica la orden que recoge la aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. Aunque la fase 1 ya estaba en vigor en las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa –en Canarias– y Formentera – en Baleares–, las normas publicadas en el BOE amplían la regulación conocida hasta ahora.

Tres zonas básicas de salud de la provincia lograron el visto bueno del Gobierno para iniciar la nueva fase de la desescalada desde este lunes: las correspondientes a los centros de salud de Matallana de Torío, Truchas y Riaño, que abarcan partes de los valles del río Torío y Curueño, de la comarca de la Cabrera y de la Montaña Oriental Leonesa. Son en total 14 municipios afectados con un centenar de localidades y donde viven poco más del 1% de la población de la provincia.

Estos son los detalles más relevantes (BOE completo aquí):

Movimientos

  • Quienes vivan en territorios que se encuentren en la fase 1 podrán circular por toda la unidad territorial afectada, es decir, por su misma provincia, isla o departamento de salud. No podrán, eso sí, desplazarse a otras unidades territoriales aunque también estén en la fase 1.
  • En el caso de León esto significa que está permitida la movilidad dentro las Zonas Básicas de Salud permitidas y los municipios inmersos en ellas aunque no en otras. En el caso de la zona de salud de Riaño no está permitido ir a Asturias, que entra en Fase 1 también al estar en otra provincia, al igual que tampoco se permiten desplazamientos a las otras zonas sanitarias que avanzan.
  • Por tanto la movilidad estará permitida en el caso de la zona básica de salud de La Cabrera dentro de los municipios de Encinedo, Castrillo de Cabrera y la propia Truchas. En el caso de la zona básica de salud de Matallana los municipios son Cármenes, Matallana de Torío, Valdepiélago y Vegacercera. Y en el caso de la zona de salud de Riaño los términos municipales afectados son Acebedo, Boca de Huérgano, Burón, Maraña, Oseja de Sajambre, Posada de Valdeón y el propio Riaño.

Reuniones sociales y segundas residencias

  • En la fase 1 de la desescalada se permite volver a mantener contacto social en grupos reducidos que no podrán ser de más de diez personas. Siempre dentro de la misma provincia, isla o unidad territorial de referencia (áreas sanitarias, comarcas, etc.). Estos encuentros pueden hacerse con amigos o familiares y en domicilios, al aire libre o en terrazas. La orden determina que el límite numérico no se aplicará en el caso de que las personas vivan juntas. Están excluidas las personas que pertenezcan a grupos vulnerables al virus, las que tengan síntomas, estén en aislamiento o en cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona diagnosticada con coronavirus.
  • Aunque inicialmente en la fase 1 no se permitían todavía desplazamientos a segundas residencias, el Gobierno ha rectificado y se permitirán dentro del ámbito geográfico que tenga la misma fase.

Uso del coche

  • En esta fase se permite el uso compartido de todas las plazas del vehículo privado siempre y cuando sean personas que residan juntas. Si no es así, se limita a dos ocupantes: el conductor y una segunda persona que debe ir en la parte trasera.

Caza y pesca

  • La caza y la pesca deportiva todavía no se encuentra autorizada dentro de la Fase 1. Sigue prohibida con carácter general salvo autorizaciones de control poblacional por parte de la Junta de Castilla y León.

Comercio minorista

  • Pueden abrir todos los comercios de menos de 400 metros cuadrados, siempre y cuando no se encuentren dentro de un centro o parque comercial y no tengan acceso directo desde el exterior.
  • Se autoriza la apertura con cita previa, y aunque el local sea mayor de 400 metros cuadrados, los concesionarios de coches, los talleres de la ITV y los centros de jardinería. También pueden abrir sus puertas las entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal, es decir, los locales de Loterías y apuestas del Estado.
  • También podrán volver a ponerse en marcha los mercadillos al aire libre con limitaciones y medidas de seguridad.

Bares, restaurantes y hoteles

  • Pueden abrir las terrazas al aire libre de los bares y restaurantes con no más de 10 personas por mesa o agrupación de mesas y con un 50% de las mesas que tuvieran en el mismo espacio el año anterior.
  • Se pueden reabrir los hoteles y otros establecimientos turísticos. Tendrán que tener sus zonas comunes cerradas, pero sí podrán dar servicio de cafetería y restauración a sus huéspedes

Educación

  • Se pueden reabrir colegios y universidades para empezar su desinfección, acondicionamiento y para tareas administrativas. También se pueden reabrir los laboratorios universitarios.

Bibliotecas y museos

  • Se reabren al público las bibliotecas, pero con su actividad limitada a los servicios de préstamo y devolución de obras, lectura en sala e información bibliográfica y con restricciones de aforo y medidas de seguridad sanitaria.
  • También podrán abrir sus puertas los museos para permitir visitas a la colección o las exposiciones temporales, pero con el aforo limitado a un tercio del habitual.

Deportes

  • Pueden volver a abrir sus puertas, con condiciones y limitaciones de aforo, los Centros de Alto Rendimiento Deportivo y las instalaciones deportivas al aire libre, además de los centros deportivos para la práctica de deporte individual y el entrenamiento medio de ligas profesionales.

Entierros y misas

  • La orden permite la apertura de los lugare de culto respetando las medidas de higiene y protección: mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria y siempre con un aforo que no sea superior a un tercio.
  • Los velatorios amplían su capacidad, en los que siempre deben mantenerse las medidas de seguridad. Puede acudir un máximo de 15 personas para aquellos que se celebren al aire libre y de diez para los que lo hagan en instalaciones cerradas. La comitiva puede estar formada por un máximo de 15 personas entre familiares y conocidos, además de la persona que oficie o dirija el rito.
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