La 'reforma electoral' de la Universidad de León encalla y complicará las votaciones a rector en 2020

El rector de la ULE, Juan Francisco García Marín (dcha.), en la celebración del Claustro Universitario.

Antonio Vega

El camino hacia las elecciones a rector de la Universidad de León, que deberían tener lugar de forma ordinaria en la primavera del 2020, encontrará este jueves en el Claustro de la ULE su primer obstáculo. Entre los puntos del orden del día del mayor órgano de gobierno universitario está la 'actualización' del Estatuto de la Universidad de León, mediante la modificación de 13 artículos de la 'Constitución' universitaria. Pero no todos podrán ser aprobados en la reunión prevista para esta semana, según puede adelantar ILEÓN.COM

En la primera vuelta de las elecciones del año 2016 el actual rector, el catedrático de Veterinaria Juan Francisco García Marín, se impuso al candidato continuista José Luis Chamosa, catedrático de Filosofía y Letras, por un estrecho margen que derivó en uno de los mayores escándalos de los 40 años de la ULE. Pese a inicialmente reconocer la victoria de Marín (como atestigua esta foto ante los medios de comunicación) el derrotado Chamosa dio marcha atrás y reinterpretando los resultados pidió una segunda vuelta, concedida de forma polémica por la Junta Electoral de entonces controlada por afines al rector saliente, José Ángel Hermida. Solo la contundente segunda victoria lograda por Marín, con participación récord, evitó una pelea judicial a la que ambos candidatos estaban dispuestos a acudir pero que finalmente se desechó.

En pleno bochorno electoral el rector García Marín señalaba en esta entrevista con ILEÓN.COM la necesidad de actualización del Estatuto, incluyendo los aspectos electorales aunque matizaba que “hay que actualizarlo y modificar todos los aspectos que puedan ser confusos como este, aunque para mí no lo es, pero habrá que dejarlo más claro”.

A escasos meses de las elecciones las modificaciones del Estatuto para aclarar las elecciones a rector iban incluidas en la reunión del Claustro prevista para este jueves. Pero el procedimiento elegido por el equipo rectoral, una 'actualización' al amparo del artículo 236 del Estatuto, no podrá afectar a tres artículos que se iban a tocar, entre ellos los electorales.

Las 'actualizaciones' del Estatuto están contempladas por la normativa y consisten en un informe jurídico y la posterior comunicación al Claustro, entendiendo que se derivan de aspectos obligados por normas legales de rango superior o actualizadas a posteriori. Pero si un 25% de los miembros del Claustro lo piden, esas actualizaciones deben seguir el más largo proceso de 'reforma' del Estatuto, justo lo que ha pasado la redacción de los artículos electorales, según ha podido confirmar este periódico.

Una cuestión de 'comas' y porcentajes

Los artículos 79 y 88, y el 206, deberán ser reformados por el camino largo contemplado en el Estatuto universitario, lo que pone en duda que lleguen, salvo que la ULE apure plazos, para tener validez en las elecciones a rector. La propuesta del equipo de Marín recogía en esencia de forma literal cambiar la actual formulación por la que se recoge en la reforma de la LOU del año 2007, aunque introducía un cambio de porcentajes en el voto ponderado que ha levantado suspicacias.

La propuesta de reforma artículo del 79.2 cambiaba la frase en el punto a) “El 51 por 100 para los profesores doctores pertenecientes a los cuerpos docentes universitarios” por “El 54 por 100 para los profesores doctores con vinculación permanente a la Universidad”. La reforma de la LOU hecha en 2007 por el Gobierno Zapatero para enmendar la ley universitaria de Aznar contempla el texto literal, pero el cambio de porcentaje ha provocado que se pida la tramitación del punto como reforma para su discusión.

Las elecciones a rector son por voto universal ponderado, por lo que si se sube el peso de un cuerpo electoral se disminuye el de otro. La Ley señala que al menos el 51% del voto ponderado deben corresponder a esos “profesores doctores con vinculación permanente a la Universidad”, funcionarial o laboral, y en este caso reducirían el peso electoral del 16 al 13% al “resto del personal docente e investigador, sin vinculación permanente a la Universidad”. La propuesta de Marín mantenía a los alumnos con un peso del 25%, uno de los más altos del sistema universitario español en una institución donde su participación es de las más altas de todo el país.

En los artículos 79.3 y 79.4 la propuesta de actualización, que ahora tendrá que ser reforma, “consiste en la supresión del signo de puntuación (coma) situado entre 'votos a candidaturas' y 'válidamente emitidos' ”, señalando que así figura en el artículo 20.3 de la LOU. En esta coma estaba uno de los meollos de la cuestión de la última polémica electoral, en qué se entendía como válidamente emitidos a la hora de hacer las ponderaciones. Los votos en blanco son, según la ley electoral nacional LOREG, “válidamente emitidos” aunque en la ULE nunca se han tenido en cuenta en todos sus procesos electorales desde el año 2004 para calcular las ponderaciones, hasta la reinterpretación y repetición electoral del 2016.

En el otro artículo electoral a reformar, el 88, se cambiaban los porcentajes de las Juntas de Centro en la misma dirección que en las de rector, y al ser reclamado también deberá ir por el camino de la 'reforma'. Este artículo ya fue actualizado d forma parcial en el 2018 por la Universidad de León, en los términos que puede verse aquí. El artículo 206 añadía qué sucedería en los 'Concursos para la provisión de vacantes' para abrirlos a funcionarios de otras Administraciones.

El camino de la 'reforma'

El título octavo del actual Estatuto de la ULE es donde se regula el procedimiento de reforma del mismo. Primero señalar que “No se podrán presentar propuestas de reforma del Estatuto en los seis meses anteriores a la finalización del mandato del Claustro Universitario”, siendo las últimas del sector de Estudiantes en mayo pasado y del personal en el año 2017, por lo que está plenamente en vigor.

La iniciativa de reforma puede partir del Consejo de Gobierno o bien de al menos un tercio de los 300 claustrales. El proceso se inicia al presentar “La iniciativa de reforma (...) ante la Mesa del Claustro e incluirá el texto articulado que se propone como alternativa”. La Mesa dispone de tres meses para proponer que la iniciativa formalice su tramitación, lo que supone elegir una comisión de estudio que analizará, por un plazo máximo de otros tres meses, el asunto para elevar una propuesta al Claustro.

Finalmente este órgano decidirá si aprueba la reforma por mayoría de tres quintos en primera vuelta o bien mayoría absoluta de los “claustrales presentes” en segunda votación. Entonces entrará en vigor tras el visto bueno del Gobierno autonómico, en quien recaen las competencias de esta materia.

Todos estos plazos máximos complican sobremanera la aprobación de las pequeñas reformas de los artículos electorales propuestas por el equipo de García Marín, que en el mejor de los casos podrían tener vía libre en unos tres meses para que entraran en vigor en la fecha electoral que el actual rector puede elegir libremente, dentro de los plazos legales máximos.

En caso de que esta mínima y aclaratoria reforma electoral no prospere cabe la posibilidad de que la Junta Electoral nueva, que se vota también en este claustro, aclare antes de la cita con las urna el proceso de recuento y ponderaciones para evitar reinterpretaciones a posteriori y otro escándalo electoral universitario. El único postulante a presidente de la Junta Electoral de la ULE es el exdecano de Derecho Miguel Díaz y García Conlledo.

A la próxima disputa electoral de la Universidad de León optará a la reelección Juan Francisco García Marín, al que previsiblemente dispute el birrete negro el actual decano de Derecho, Juan José Fernández, a falta de otros candidatos que puedan surgir en el proceso que se abrirá el próximo año.

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